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MODOS DE EFECTUAR LA COLACIÓN

De conformidad con el Art. 1.097 C.C. hay dos formas: a) Presentando la cosa en especie: Esto es trayendo la cosa o bien recibido en donación al caudal hereditario. b) Haciendo que se impute su valor a la respectiva porción: Imputando el valor de la cosa a la propia cuota, es decir, el heredero conserva la cosa.

BIENES COLACIONABLES

El Artículo 1.083 Código Civil Venezolano establece que todos aquellos bienes que hayan sido entregados a los hijos o sus descendientes y que no hayan sido dispensados. 1)Bienes Inmuebles: Art. 1.097 C.C. «La colación se hace, sea presentando la cosa en especie, sea haciendo que se impute su valor a la respectiva porción, a elección del que hace la colación». El causante dejó a uno de sus herederos un inmueble, adicionalmente dejó una importante cantidad de dinero, muy por encima del valor del inmueble; en ese momento la persona tiene dos pociones (recordemos la imputación) trae el inmueble a la masa hereditaria o pide que descuenten su valor de su cuota parte correspondiente. 2)Muebles: Art. 1.106 C.C. «La colación de los muebles se hace por imputación y atendiendo al valor que tenían cuando se verificó la donación, si se trata de cosas de consumo o fungibles. En los demás casos de muebles, la imputación se hará conforme lo dispuesto para los inmuebles en los artículos anteriores». En...

COLACIÓN HEREDITARIA

La colación hereditaria consiste, básicamente, en llevar al patrimonio hereditario las operaciones de trasmisión de bienes realizadas por el causante, antes de su muerte, como una formula de favorecer a hijos determinados; por consecuencia son los hijos no favorecidos en estas operaciones de su causante o favorecidos en proporción negativa con respecto a otro u otros y hasta el mismo favorecido ( todos deben ser descendientes forzosos) quienes tienen el derecho de llevar a la masa común de la herencia de su padre los bienes que, antes de su muerte, algunos de ellos recibieron, afectando sus derechos o los de otros herederos.- Se hace colación para llevar, agregar o devolver a la masa hereditaria bienes que legal y técnicamente pertenecen a dicha masa hereditaria. En el Derecho venezolano, se contempla la colación, como una forma legal de establecer la igualdad de partición de bienes o valores dejado por el de cujus entre los que tienen vocación hereditaria y los que por ley están prote...